Un proyecto de ley para regular la actividad de los influencers
La Cámara de Senadores de la Nación tiene en estudio un proyecto de ley dirigido a regular la actividad económica de aquellas personas conocidas como «influencers», que utilizan las redes sociales, en las que cuentan con un importante número de seguidores, para promocionar determinados productos.
La pandemia de Covid-19 y las medidas de confinamiento para contener el avance del virus en la población provocó cambios en muchas costumbres sociales, entre ellas un aumento del tiempo que se pasa frente a las pantallas y los dispositivos digitales por motivos de trabajo o distracción.
Esas modificaciones en los hábitos llevaron a que los anunciantes decidieran publicitar sus productos por medio de influencers que «habitan» la redes sociales y plataformas (Instagram, Twitch, YouTube) como principales canales de comunicación para compartir contenidos con sus seguidores.
La actividad promocional de los influencers aún no se encuentra regulada de manera específica en la Argentina. Por ese motivo, a mediados de 2020 la senadora nacional por San Juan Carmen López Valverde (Frente de Todos, San Juan) presentó un proyecto de ley para regular la actividad y las publicidades en las redes sociales.
Al no estar aún regulada legalmente, a la comunicación comercial o publicidad realizada por influencers se le aplica la normativa general de publicidad establecida en la Ley N° 22.802 de Lealtad Comercial y en la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor.
La iniciativa promueve que los influencers etiqueten las publicidades pagas con el hashtag “#PublicidadPaga y mencionen quién es la persona física o jurídica que esté dando la publicidad como una suerte de pacto de honestidad con sus seguidores.
Valverde también pidió en el proyecto regular la remuneración que obtienen los influencers con la publicidad en de redes y plataformas. Al respecto, solicitó que se inscriban en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) como «trabajador autónomo en condición de monotributista o de responsables inscriptos».
De lo contrario, se exponen a una multa por un valor equivalente a entre 10 y 1.000 salarios mínimos vital y móvil, que actualmente está fijado en 23.544 pesos.
El proyecto de la sanjuanina recibió el respaldo de varios de sus compañeros de la bancada del Frente de Todos, como la mendocina Anabel Fernández Sagasti; la tucumana Beatriz Mirkin, la formoseña María Teresa González y la pampeana Norma Durango; además del presidente de la Comisión de Medios y Libertad de Expresión de la Cámara alta, el peronista chubutense Alfredo Luenzo.
La iniciativa considera influencers a «todas las personas que poseen un número importante de seguidores o suscriptores y son sujetos verificados por la red social» y que «a través de su cuenta utilizan su alto grado de exposición, su imagen reconocida en las redes sociales y su capacidad de convencimiento para promocionar un determinado objeto, producto o servicio con el objetivo de influir en las decisiones de consumo de sus seguidores y de este modo obtener algún rédito económico en su beneficio».
La iniciativa alcanza a los influencers que ejecuten servicios de «publicidad digital, con domicilio legal o con residencia continua de al menos dos años en territorio nacional». Pero también alcanza a los influenciadores que realicen servicios de publicidad digital que residan o se domicilien en otro Estado cuando los servicios que ofrecen se hagan mediante un establecimiento situado en la Argentina.
El proyecto establece que la actividad del influencer se considera publicidad digital cuando reúne algunas de las siguientes características:
Unboxings: Consiste en que los influenciadores compartan en redes sociales el proceso de desempaquetar y/o revelar productos, servicios y/o experiencias que ofrezcan la marca/anunciante.
Sorteos o giveaways: cuando se realizan sorteos entre sus seguidores que involucre los productos, servicios o marcas de anunciantes.
Fotos: Consiste en mostrar con relevancia, describir o etiquetar una marca en fotos subidas a las redes sociales por los influenciadores.
Videos: Consiste en que influenciadores suban a las redes sociales imágenes en video dentro de los cuales se exalte la presencia de una marca o se la etiquete.
Toda otra forma de anuncio o promoción viabilizada a través de redes sociales que en el futuro pueda crearse, siempre que para su ejecución exista una contraprestación entre el influenciador y el anunciante.
El proyecto establece que toda publicidad digital realizada por los influencers en redes sociales por la que obtengan un rédito deberá tener la leyenda #PublicaciónPaga.
Además, tendrán la obligación de mencionar al anunciante e identificar claramente aquellas comunicaciones publicitarias digitales de productos que sean inconvenientes para menores.
El anunciante está obligado a especificar con claridad en los contratos la naturaleza publicitaria del contenido que publican; contar con los medios de prueba que acrediten la veracidad de las afirmaciones objetivas respecto de su producto o servicio, de manera previa a su difusión; respetar las normas de difusión que regulan, condicionan o prohíben la comunicación de determinados contenidos o la publicidad de ciertos productos; y contar con las autorizaciones o licencias para el uso de signos distintivos u obras protegidas por derechos de autor en la publicidad.



