Capacitar o dictar una capacitación: ¿es lo mismo?
La cuestión del lenguaje y las herramientas de comunicación son centrales en las capacitaciones demandadas por el Ley Micaela. La manera cómo se dictan ciertas capacitaciones en la mayoría de los casos impide que se alcancen los propósitos establecidos en la norma.
Capacitamos en género porque no podemos sostener más las desigualdades sociales que generan todo tipo de violencias; estas desigualdades también interfieren en la vida de niñas, niños y adolescentes. Al respecto, comenzamos a profundizar en las formas de hablar de género e incidir para que todas las personas tengan las herramientas a su alcance y puedan incorporar la perspectiva de género, internalizarla.
No es tarea fácil y es claro que no cualquier persona puede leer conceptos, legislación, guías y salir a «capacitar». Podremos conceptualizar, repasar, recitar, pero nunca capacitar, transformar lo internalizado. No se trata de cualquier conceptualización o repetición de normas; se trata de establecer una formación individual y colectiva que rompa con las estructuras impuestas por el sistema patriarcal y construir otras más humanas, amorosas e igualitarias.
La Ley Micaela demanda capacitaciones en materia de género. Sin embargo, lo actuado en la materia constituye hasta ahora una pérdida de oportunidad.
Atendiendo a la propuesta que plantea la norma el lenguaje y las herramientas de comunicación resultan de fundamental importancia. La ley establece que «el proceso pedagógico debe centrarse en el aprendizaje relacional que es el que construye nuevos sentidos y asociaciones entre conceptos, a partir de los conocimientos previos y experiencias vividas. Las dinámicas pedagógicas deberán ir hacia la búsqueda de interpelar, no sólo las prácticas en el ámbito laboral, sino también la dimensión de la vida cotidiana, y plantear la pregunta sobre cómo se construyen relaciones sociales igualitarias». Y se agrega: «Asimismo, se recomienda la realización de dinámicas pedagógicas con insumos audiovisuales referidos al tema, así como también, el uso de materiales específicos sobre el marco legal, periodísticos o narrativos, según el caso; la implementación de actividades lúdicas participativas y dinámicas. La construcción colectiva del conocimiento y de la enseñanza genera espacios fructíferos para la puesta en valor de las experiencias propias, creación y reflexión crítica».
¿Es lo mismo si soy policía, jefa de personal, director de contenidos, director de prensa de un Ministerio socialmente sensible o docente? Claramente, no. Justamente por esta razón la ley es clara al puntualizar: “El objetivo es brindar un acercamiento a la normativa internacional, regional y nacional que reconoce a las violencias por motivos de género como una problemática central. El abordaje siempre será desde un enfoque de derechos humanos de las mujeres y LGTBI, teniendo en cuenta la responsabilidad el Estado en la falta de protección y garantía en el ejercicio de los derechos. De esta manera, se busca visibilizar y analizar las desigualdades entre los géneros y las relaciones de poder existentes, para alcanzar una intervención y modificación desde las políticas públicas de cada organismo”.
¿Qué dicen los lineamientos de la ley?
Los lineamientos establecen los requisitos que deben cumplir las propuestas de capacitación y guía sobre el contenido mínimo a incluir. En el anexo II «se describe cómo debe formularse la capacitación, qué contenidos mínimos se abordarán, la bibliografía sugerida a trabajar en la formación, la duración e implementación de la propuesta y, por último, las estrategias pedagógicas a utilizar para que la capacitación sea efectiva».
En la práctica, nada de esto sucedió, en la mayoría de los casos. Mucho menos se adoptó lo sugerido en cuanto a la forma del dictado, más allá de que, debido a la pandemia por covid-19, la presencialidad no fue posible. No se ha tenido en cuenta la indicación acerca de que la capacitación no debe limitarse a una exposición de conceptos o legislación y no se cumplió con el tiempo exigido: «El desarrollo de la propuesta debe durar un mínimo de veinte horas reloj. No obstante, al menos cuatro horas deben ser dictadas en formato taller (no exposiciones) y requerir la presencia de las personas participantes». Tampoco se dio el intercambio necesario para visibilizar lo internalizado y, mediante la propuesta, intentar revertir conceptos en pos del cambio estructural tan necesario para terminar con todas las formas de violencia contra mujeres, niñas, niños, adolescentes y diversidades.
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