Invitaban públicamente al magnicidio
El contexto de desencuentros en la sociedad argentina obliga a prestar mucha atención a los discursos de odio en general, y específicamente a los que fueron direccionados contra la vicepresidenta de la Nación Cristina Fernández. Muchos personajes de la política y del periodismo los consintieron y hasta los fomentaron, por acción u omisión. Cabe aclarar que aquí no hablo de las discrepancias propias de la política, sino el planteo de muerte, no encapsulado y frontalmente expresado contra ella.
En un acto en frente del Obelisco, en el centro de la Ciudad de Buenos Aires, el 9 de julio de este año, organizado por la oposición, al canto de Argentina sin Cristina y con el beneplácito de los participantes, se exhibía una guillotina que, en su parte superior, tenía un cartel que indicaba: «Todos: Presos, muertos o exiliados».
El 22 de julio también de este año, un grupo de manifestantes se juntaron ante la sede del Instituto Patria, en la CABA, donde tiene una oficina la expresidenta. Allí, arrojaron basura, patearon las puertas y treparon a las ventanas de la sede del Instituto. Mientras tanto, un hombre que encabezaba el grupo, con un megáfono y tono enardecido decía, que «iría a buscar a Cristina con ametralladora» y agregaba, «Cristina, ahora te toca la horca, es el único camino para deshacernos de vos». Todo ello ante efectivos de la Policía de la Ciudad que observaban, sin intervenir.
Por su parte, el diputado nacional por Neuquén, Francisco Sánchez, del partido PRO, el 22 de agosto del corriente año pidió la pena de muerte para la vicepresidenta Cristina Fernández, aun sabiendo que, con jerarquía constitucional, el Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece en su artículo primero que está prohibida la pena de muerte en Argentina.
Cacerolazo, zona liberada por la @Policia_Ciudad y odio desmedido frente al @inst_PATRIAar: insultos y amenazas de muerte a @CFKArgentina
— El Argentino Diario (@ElArgentinoOk) July 21, 2022
Llama la atención el «fraternal» saludo de un policía porteño al manifestante que lideraba al grupo minúsculo mientras otro arrojaba basura pic.twitter.com/LCqOG4kjAy
A su vez, el 30 de agosto de 2022, Román Gutiérrez, concejal de Juntos por el Cambio de Pergamino, publicó en su cuenta de Twitter, refiriéndose a la Vicepresidenta que «hay que fusilarla», que venía de sufrir en marzo un ataque a pedradas de su despacho en el Senado. Todo ello en protagonismos mediáticos por quién la mata primero, aunque sea simbólicamente, en un verdadero odio serial como virus contagioso sin límites.
Asimismo, las amenazas de muerte ya tenían antecedentes, en el año 2021 se colgaron bolsas mortuorias, una con la cara de ella, frente a la Casa Rosada.
Una cosa es la discrepancia que se tenga hacia una persona y otra es la invitación pública a la muerte concreta a dicha persona. Por supuesto, que de esa manera se invita al magnicidio, en una verdadera autoría mediata o indirecta del crimen.
El jueves primero de septiembre, Fernando Sabag Montiel gatilló un arma —en perfectas condiciones operativas y cargada con cinco balas— a pocos centímetros del rostro de la vicepresidenta que, por impericia del atacante, no funcionó. Éste tenía muchos símbolos nazis tatuados como la Cruz de Hierro, (condecoración alemana que lleva la cruz esvástica en su centro); el sol negro (asociado a la filosofía nazista) y el martillo de Thor (símbolo adoptado por agrupaciones neonazis).
El intento de homicidio conmocionó al país y lo investiga la jueza federal María Eugenia Capuchetti. El intento fue condenado enérgicamente a nivel internacional, aunque en el país desde la presidenta del Pro Patricia Bullrich y otros sectores políticos afines y cierto periodismo, no se pronunciaron con la contundencia que hay que tener en contra del discurso de odio y, por el contrario, buscan negar la realidad del hecho o lo relativizan.
Hay que recordar que apenas amanecía el presente período democrático, en marzo de 1984, se sancionó la ley por la que se aprobó la Convención Americana sobre Derechos Humanos, (Pacto de San José de Costa Rica) que establece, en el artículo 13, que «Estará prohibida por la ley… incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo…». Pacto éste, que la reforma constitucional de 1994 le dio jerarquía constitucional (artículo 75 inc.22). En el mismo año 1984, se sancionó la Ley de Defensa de la Democracia 23077.
Seguidores de “El Presto” protestan frente al domicilio de Cristina Fernández de Kirchner ¿Ustedes qué opinan? pic.twitter.com/hctL7c6zgt
— Noticias en Red (@notienred) September 11, 2020
Posteriormente, la Ley 23592 de 1988 dispuso, que «serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que… por cualquier medio alentaren o iniciaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de sus … ideas políticas», (artículo 3).
Delitos estos últimos llamados crímenes de odio (hate crime), denominación surgida en Estados Unidos en 1985. En función de lo cual, no está permitido que se fomente o propicie el rechazo, desprecio, odio o discriminación, que lleva a la intención de causar daños graves o muerte a las víctimas de esa actitud de animosidad patológica.
Además, el artículo 209 del Código Penal dispone, que «El que públicamente instigare a cometer un delito determinado contra una persona o institución, será reprimido, por la sola instigación, con prisión de dos a seis años, según la gravedad del delito y las demás circunstancias establecidas en el artículo 41».
Por su parte, el actual Procurador General de la Nación Interino Eduardo Casal jefe de los fiscales, no ha dictado una resolución expresa reiterando la Resolución 319, adoptada 1992 por el Ministerio de Justicia, antes de la reforma constitucional de 1994 y del dictado de la Ley 27148 Orgánica del Ministerio Público Fiscal. Por ella se daba instrucción a los fiscales que «ante el accionar de grupos que reivindican ideologías totalitarias que pretenden recrear el ideario y metodología del nazismo y sus símbolos… resulta necesario que los órganos públicos tomen decisiones que impliquen un manifiesto y expreso repudio al accionar de dichos grupos antidemocráticos, instrumentando las medidas legales correspondientes que constituyan actos de discriminación y ataques a la Democracia». Y dicha resolución agregaba, que «en tal sentido el Parlamento ha puesto a disposición los instrumentos legales pertinentes, a través de las Leyes 23592 y 23077».
También, la Ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual establece, en el artículo 70, que «La programación de los servicios previstos en esta ley deberá evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en … las opiniones políticas o de cualquier otra índole…» La violación de esta disposición tiene la sanción de multa que «se calculan sobre la facturación de publicidad» (Resolución 661/2014 de la Afsca).
No se ha visto todavía que los responsables pertinentes ante las diversas situaciones, en todos los ámbitos de competencia, hayan adoptado, con la firmeza y prontitud necesaria, las medidas correspondientes en las temáticas referidas. Es urgente que actúen y no se transformen en cómplices mediatos de crímenes inaceptables.