El Gobierno interviene el Enacom

Con la firma del Decreto 89/2024, el gobierno de Javier Milei interviene el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) y designa como interventor a Juan Martín Ozores y como interventores adjuntos a Patricia Roldán y Alejandro Pereyra. Estos últimos, con pasado en la administración macrista. Dicha decisión tiene como sustento legal el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023.

El Gobierno nacional decretó la intervención del Enacom por un periodo de 180 días con posibilidad de prorrogarse 180 días más. La entidad quedo bajo la órbita de la Secretaría de Innovación Ciencia y Tecnología perteneciente a la Jefatura de Gabinetes de Ministros.

El interventor designado es el consultor y exempleado de Movistar, Juan Martín Ozores; y los interventores adjuntos son la abogada Patricia Roldán; y el exdirector del Enacom en la gestión del presidente Mauricio Macri, Alejandro Pereyra.

En los considerandos del decreto, que entrará en vigencia el lunes 29 de enero con su publicación en el Boletín Oficial, se fundamenta la intervención del Enacom en consonancia con lo establecido por el DNU Nº 70/23 que, entre otras cuestiones, declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025.

En un comunicado que acompaña el anuncio de la decisión, la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología, conducida por Alejandro Cosentino, señaló que la intervención realizará «una auditoría del destino de los fondos públicos para promoción y fomento de la actividad en la búsqueda de un uso racional y transparente».

Desde la Secretaría también se indicó que se revisará toda la regulación vigente, y los diferentes procesos judiciales en los que está involucrados el organismo. Y se adelantó que «luego de la intervención, el Enacom continuará con la misma misión para la que fue creado: promover comunicaciones de calidad entre todos los usuarios del país, generando un mayor balance y competencia entre los distintos actores del mercado».

En su artículo 4º el decreto precisa que la intervención al frente del Enacom deberá, entre otras cuestiones:

—Elaborar y elevar a la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Jefatura de Gabinete de Ministros un informe de estado de situación del Enacom.

—Relevar la totalidad de los procesos judiciales y administrativos en los cuales participe o esté involucrado como parte, tercero, o potencial tercero interesado el Enacom, realizando un informe de su estado de situación y las recomendaciones a seguir.

—Relevar la actual estructura del Enacom y proponer a la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología las modificaciones que consideren pertinentes.

Elaborar un informe que analice las consecuencias que trajo aparejadas el dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 690/20, así como una propuesta de resolución del tema.

—Determinar una reorganización funcional y operativa del Enacom, en razón de las funciones y misiones que surgen de las leyes 26522 y 27078 y sus respectivas modificatorias, con el fin de fomentar una mayor profesionalización y eficiencia del Ente.

—Evaluar e informar a la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología el estado de situación del Fondo Fiduciario del Servicio Universal (FFSU) y del Fondo de Fomento Concursable para Medios de Comunicación Audiovisual (Fomeca).

Otra de las funciones que tendrá la intervención es la de determinar y planificar las acciones tendientes a la actualización de la normativa fundamental de los servicios de TIC y de los servicios audiovisuales. En función de esto, el Ejecutivo considera necesaria la intervención para poder habilitar a las empresas a fijar precios y competir en el mercado libremente, además de la desregulación para fomentar el ingreso de empresas extranjeras como Starlink, el avance tecnológico y la convergencia en el sector de las TIC, como había expresado el presidente al momento de anunciar el DNU 70/2023.

El decreto también habilita a la intervención a proponer las acciones tendientes al ordenamiento del régimen del personal del Ente en cuanto a su condición de revista.

También te podría gustar...

Deja un comentario