Piden a Bullrich que explique de qué manera realizará vigilancia masiva a la ciudadanía

El Centro de Estudios Legales Sociales (CELS), Amnistía Argentina, el Observatorio de Derecho Informático Argentino (ODIA), Democracia en Red, Access Now, Fundación Vía Libre (FVL) y el Instituto Latinoamericano de Seguridad y Democracia (Ilsed) formularon un pedido de información a la ministra de Seguridad de la Nación acerca del funcionamiento de la Unidad de Inteligencia Artificial Aplicada a la Seguridad (Uiaas), que realizará ciberpatrullaje y aplicación de inteligencia artificial en redes sociales y sitios de internet.

El Ministerio de Seguridad de la Nación, mediante la resolución 710/2024, creó la y construyó un marco de aplicación de sistemas de inteligencia artificial para predicción de delitos, perfilado de personas, análisis de casos y detección de fraude, entre otras acciones. Desde el momento en que se dio a conocer la resolución, varias organizaciones de la sociedad civil expresaron sus preocupaciones sobre este paquete de vigilancia.

Desde el CELS, Amnistía Argentina, el ODIA, Democracia en Red, Access Now, FVL y el Ilsed realizaron un pedido de información para que el Ministerio de Seguridad explique algunos puntos que estas organizaciones consideran que no quedan claros en la resolución y que pueden traer afectaciones a los derechos fundamentales de la ciudadanía.

En esta presentación los peticionantes realizan consultas específicas referidas al ciberpatrullaje. En tal sentido, solicitan que se especifique cuáles son los marcos en los que se desarrollará la actividad y definiciones de los conceptos de la resolución como «Dark-Web» o «Internet profunda». Además, preguntan por las condiciones para el análisis de imágenes de cámaras de seguridad en tiempo real y requieren detalles sobre la utilización de algoritmos de aprendizaje automático para analizar datos históricos de crímenes, entre otras consultas.

Los pedidos de acceso a la información pública constituyen elementos centrales del sistema democrático y es un derecho de todo ciudadano. Se encuentra enmarcado por los arts. 1, 14, 33 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 19 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Ley nacional 27275.

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