La guerra del hielo: cómo el oficialismo intenta construir sentido común para destruir la Ley de Glaciares
Un documento de seis organizaciones ambientales analiza las narrativas y desmonta las falacias que el Gobierno nacional y las corporaciones mineras repiten en medios y declaraciones públicas para justificar una reforma que no tiene evidencia o sustento empírico en los datos, y que, según centenares de juristas, viola la Constitución nacional.
Hay un momento preciso en que una disputa política deja de ser técnica y se convierte en disputa de sentido. Con la Ley de Glaciares 26.639, ese momento ya pasó. Lo que está en juego ya no es meramente si se modifica o no una norma ambiental: es quién tiene el poder de nombrar la realidad, de decidir qué es un glaciar, qué es el agua, qué es el desarrollo.
El documento «Diez mitos y falacias sobre la Ley Nacional de Glaciares», elaborado por la Fundación Biodiversidad Argentina, el Círculo de Políticas Ambientales, Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Greenpeace, Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, es una intervención en esa disputa. No es un texto científico ni un informe jurídico, aunque usa ciencia y derecho como insumos. Es, ante todo, una operación comunicacional de respuesta: un contramarco construido con el formato del fact-checking, (verificación) destinado a interrumpir la circulación de argumentos que el Gobierno y las corporaciones mineras han logrado instalar con notable eficacia en medios masivos, declaraciones oficiales y el propio recinto legislativo.
El documento lo dice sin vueltas en su introducción: los argumentos que busca refutar «no son afirmaciones inocentes sino construcciones discursivas orientadas a instalar un sentido común, desinformar a la opinión pública y correr el eje del debate». La palabra clave es sentido común: el objetivo del oficialismo no es convencer a los especialistas, sino naturalizar entre la opinión pública la idea de que la ley es un obstáculo burocrático, ideológico y anticuado que frena el progreso.
Núcleos narrativos: La arquitectura del mito prominero
El repertorio argumentativo que el documento desarma tiene una estructura interna reconocible. No son diez afirmaciones dispersas: son variaciones sobre tres núcleos narrativos que se refuerzan mutuamente.
El primero es la narrativa del obstáculo: la ley prohíbe la minería en todo el país, frenó exportaciones, impide el desarrollo. Es falso en cada uno de sus términos. El Inventario Nacional de Glaciares, completado en 2018 y actualizado en 2024 bajo el propio gobierno de Milei, establece que los glaciares continentales cubren apenas el 0,21 % del territorio argentino. La ley no prohíbe la minería: la ordena en una porción ínfima del territorio. Y las exportaciones mineras, lejos de caer tras la sanción de la norma en 2010, se duplicaron: de un promedio anual de u$s 1.584 millones de dólares en el período 2002-2009 a u$s 3.798 millones entre 2011 y 2025, según datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).
El segundo núcleo es la narrativa del modelo exitoso: Chile lo hace, Canadá lo hace, podríamos ser como ellos. También es falso. Chile enfrenta una megasequía estructural, privatizó el agua como bien de mercado, recurre a camiones cisterna para abastecer a miles de familias y ha visto cómo la minería destruyó de forma irreversible glaciares enteros: Barrick Gold eliminó entre el 62 % y el 71 % de los glaciares Toro I, Toro II y Esperanza durante la exploración del proyecto Pascua Lama. En cuanto a Canadá, sus veinticuatro mil sitios contaminados inventariados —el 11 % en el norte, pero representando el 60 % del costo de remediación total— no son exactamente un modelo a seguir. Equiparar el permafrost canadiense con el ambiente periglacial andino argentino, donde aguas abajo viven millones de personas en zonas áridas, es una simplificación que el documento califica, con precisión, de «abusiva».
El tercer núcleo es la narrativa del empleo y la transición energética: la minería generará un millón de puestos de trabajo; necesitamos los minerales para las energías limpias. Milei lo repitió en la apertura de sesiones del Congreso. El dato real: en el segundo trimestre de 2025, la minería metalífera empleaba 10.747 trabajadores asalariados directos en todo el país, el 0,21 % del empleo registrado. En Perú, país minero por definición, el sector ocupa el 1,5 % del empleo total. El argumento de la transición energética, en boca de un gobierno que niega el cambio climático y expande la frontera hidrocarburífera con Vaca Muerta, tiene un nombre preciso: cinismo. Destruir glaciares —reservas de agua dulce irreemplazables— para extraer minerales destinados a la descarbonización del norte global no es transición energética: es, en la terminología que circula en la literatura académica latinoamericana, extractivismo verde o colonialismo energético.
La reforma como vaciamiento encubierto
Detrás de la batalla discursiva hay una operación jurídica concreta. La reforma que impulsa el Gobierno no modifica la ley: la vacía. El mecanismo es la discrecionalidad: reemplaza la protección automática que establece la norma vigente —basada en criterios científicos del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianiglia)— por un sistema en el que una simple declaración de autoridad provincial puede excluir un glaciar o un ambiente periglacial de la protección legal. No hace falta derogar la ley, alcanza con transferir la decisión de qué proteger a funcionarios provinciales sujetos a la presión de los lobbies extractivos y al mecanismo de «puertas giratorias» entre la función pública y las gerencias corporativas.
Las consecuencias constitucionales son graves y están documentadas. Más de quinientos juristas —constitucionalistas, especialistas en derecho ambiental, catedráticos universitarios— firmaron una carta pública alertando sobre la violación del artículo 41 de la Constitución Nacional, que establece que corresponde a la nación fijar los presupuestos mínimos de protección ambiental como piso obligatorio e inderogable para las provincias. La reforma invierte ese esquema: en lugar de un piso común, habilita un dumping ambiental donde cada provincia compite por ofrecer las menores protecciones para atraer inversiones extractivas.
La propia Corte Suprema había zanjado la cuestión en 2019, en el fallo «Barrick Exploraciones Argentinas S.A. c/ Estado Nacional»: la ley es constitucional, el Congreso puede y debe fijar presupuestos mínimos ambientales y los artículos 41 y 124 de la Constitución no colisionan sino que se complementan. Reformar la ley en los términos propuestos implica ignorar esa doctrina y exponerse a una ola de judicialización que generaría exactamente lo contrario de lo que promete: inseguridad jurídica, cautelares, paralización de proyectos. La paradoja es deliberada: el Gobierno que invoca la seguridad jurídica para las corporaciones mineras destruye la seguridad jurídica para todos los demás.
A eso se suma la dimensión internacional. El acuerdo Mercosur-Unión Europea, recientemente ratificado por el Congreso, establece explícitamente que ninguna de las partes debe debilitar sus niveles de protección ambiental con el propósito de fomentar el comercio o la inversión. La reforma viola ese compromiso. Y a fines de febrero de 2026, relatores especiales de la ONU dirigieron una carta formal al Estado argentino en la que expresan preocupación por el impacto de la reforma sobre el derecho al agua, al acceso a la información y a un ambiente saludable.
El agua que no se ve
Hay un dato que el documento trabaja con particular cuidado y que constituye, quizás, el núcleo más potente de toda la operación discursiva oficial: la imagen de Argentina como país verde y abundante. El 70 % del territorio argentino es árido o semiárido. Al menos siete millones de personas y 1800 localidades dependen del agua de deshielo que alimenta 39 cuencas hídricas a lo largo de cuatro mil kilómetros de cordillera. En marzo de 2026, Comodoro Rivadavia tiene corte de agua programado una vez por semana. Catamarca, con minería a gran escala desde 1997, tiene más del 45 % de su población en situación de pobreza y enfrenta restricciones en el acceso al agua y la energía.
La reforma que el gobierno intenta aprobar fue diseñada, según el documento, a medida de un puñado de corporaciones —Barrick Gold, Lundin Mining, BHP, Glencore, Río Tinto— cuyos proyectos en San Juan violarían la ley vigente si se aplicara tal como está. No vienen a llevarse los glaciares en camiones. Los vuelan con explosivos para extraer lo que hay debajo. El daño es irreversible. Un glaciar destruido no se recupera.
Eso es lo que el sentido común prominero necesita que no se diga.
Marcelo Valente
Editor de Esfera Comunicacional.
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